- Embajada de Japón plantea insconstitucionalidad de la Ley (contra la costumbre). Corte: “la ley tiene criterio basado en la costumbre internacional”
- Vallarino promovió demanda en la que reclamó haberes adeudados, horas extras, etc.
- El actor se desempeñaba en el área de seguridad.
- La Cámara confirmó sentencia de primera instancia, rechazó planteo de insconstitucionalidad de la ley 24488 y las defensas de nulidad, incompetencia e inmunidad de jurisdicción y ejecución.
- Japón interpuso recurso extraordinario ya q sostenía q desde el fallo “Romeo” la corte abandono doctrina de “Manauta” y estableció la necesidad de consentimiento para someter a la jurisdicción. Agrego q lo q se demanda son actos de iuri imperio y q la ley 24488 es insconstitucional y contraria a costumbre y tratados internacionales.
- Justamente a partir de la causa “Manauta” se entendió con fundamento en la práctica internacional que se adhiere al principio de inmunidad restringida o relativa (diferenciando iuri imperri de iuri gestioni).
- La Ley al adoptar esa tesis dispone en art 2 inc D q los estados no podrán invocar inmunidad de jurisdicción cuando fueren demandados por cuestiones laborales por argentinos o residentes…”
- Se confirma sentencia.
- Según voto de Petracchi: “la ley 24488 lejos de contradecir la costumbre internacional la ha aceptado”.
La Corte compara el fuero laboral de Cap Fed. con los federales laborales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario